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Requisitos para consignar para consignar su inmueble:

​

DEL PROPIETARIO:
• Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía Propietario (s)
• Firma del contrato de Administración
• Fotocopia RUT Propietario (Inmuebles destinación comercial)
• Información bancaria propietario
• Poder (si es el caso)

DEL INMUEBLE:
• Escritura de Propiedad o Promesa de Compra venta y/o
• Certificado de Tradición y Libertad (no mayor a 30 días)
• Impuesto Predial Vigente
• Últimos Recibos de Servicios Públicos Cancelados
• Paz y Salvo de Administración (si aplica)
• Datos de Propiedad Horizontal y Administración (si aplica)
• Reglamento de Propiedad Horizontal (si aplica)

​BENEFICIOS:

Promoción: avisos de ventana, clasificados en prensa de alta circulación con tarifas preferenciales, presencia en diferentes portales de Internet y en nuestra cartelera.

• Control de visitas, busqueda y selección adecuada de clientes.
• Cobertura del 100% del valor del canon de arrendamiento y sus respectivos reajustes, amparo total de las cuotas de administración.

• Informes periódicos donde se le comunicará la gestión realizada y los resultados obtenidos.
• Inventario detallado del estado del inmueble.
• Evite desgastes en la entrega y devolución de su inmueble y en el cobro mensual del arriendo.
• Facilidad en la administración del inmueble, en caso de reparaciones y daños.
• Reciba el valor del arrendamiento mensual pague o no el inquilino.

 

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